LEY DE OBRAS PÚBLICAS
Curso - Taller sobre:
Ley de OBRAS PÚBLICAS
y Servicios Relacionados con las Mismas.
Incluye:
Análisis de puntos críticos:
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Se incorporarán nuevas estructuras para evitar actos de corrupción a través de modificaciones al código penal.
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Se implantarán procesos de políticas contracíclicas para enfrentar crisis globales.
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Se implementarán cambios radicales en materia de inconformidades (modificación del artículo 82).
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Se incorporarán procesos para dar mayor agilidad y ejercer a tiempo el gasto público en materia de obras (modificación del artículo 34).
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Se incorporarán nuevas estructuras para que el gobierno pueda tener acceso a mejores condiciones en la contratación de la obra y agilice las licitaciones públicas.
1
Miércoles 8 y Jueves 9 de Septiembre 2010 de 09:00 a 14:00 hrs.
Incluye ambos días
Pronto Pago:
$6,980.00 + IVA
Depositando hasta el Miércoles 1 de Septiembre
Pago Normal:
$7,920.00 + IVA
Depositando después del Miércoles 1 de Septiembre
2
Lunes 20 y Martes 21 de Septiembre 2010 de 09:00 a 14:00 hrs.
Incluye ambos días
Pronto Pago:
$6,980.00 + IVA
Depositando hasta el Martes 14 de Septiembre
Pago Normal:
$7,920.00 + IVA
Depositando después del Martes 14 de Septiembre
3
Lunes 27 y Martes 28 de Septiembre 2010 de 16:00 a 21:00 hrs.
Incluye ambos días
Pronto Pago:
$6,980.00 + IVA
Depositando hasta el Martes 21 de Septiembre
Pago Normal:
$7,920.00 + IVA
Depositando después del Martes 21 de Septiembre
4
Miércoles 6 y Jueves 7 de Octubre 2010 de 16:00 a 21:00 hrs.
Incluye ambos días
Pronto Pago:
$6,980.00 + IVA
Depositando hasta el Miércoles 29 de Septiembre
Pago Normal:
$7,920.00 + IVA
Depositando después del Miércoles 29 de Septiembre
5
Lunes 18 y Martes 19 de Octubre 2010 de 16:00 a 21:00 hrs.
Incluye ambos días
Pronto Pago:
$6,980.00 + IVA
Depositando hasta el Martes 12 de Octubre
Pago Normal:
$7,920.00 + IVA
Depositando después del Martes 12 de Octubre
Lugar
Centro de Capacitación Inteligente (Centro Comercial Plaza Inn)
Insurgentes Sur 1971, Nivel Paseo, Local 310, Col. Guadalupe Inn. C.P. 01020. Del. Alvaro Obregón. México, D.F.
Introducción y Soporte
Una de las estrategias fundamentales de la presente administración, se encamina a plantear las obras públicas con arreglo a las prioridades que impone el desarrollo económico y social del estado y las necesidades de la población, así como la de programar adecuadamente el gasto público en función de esas prioridades y necesidades, con el fin de racionalizar la aplicación de los recursos, obtener al máximo su aprovechamiento y esencialmente que exista una transparencia en el accionar del gobierno.
Desde el inicio de mi gestión, se han generado todas las medidas a nuestro alcance, para la modernización de la administración pública, buscando los mecanismos jurídicos adecuados para el cumplimiento de este objetivo. Vivimos en un estado de derecho que encuentra sustento y apoyo en la ley, la que nos permite el logro de los propósitos de actuar en forma consciente y responsable para garantizar la prevalencia de las instituciones.
Consecuentemente es inaplazable la necesidad de continuar con la consolidación del régimen legal, mediante la adopción de todas aquellas medidas que permitan contar con sistemas de mejor funcionalidad.
El gasto público como instrumento de política económica y social, debe permitir la satisfacción de los servicios y obras públicas que requiere la población. El presupuesto anual de egresos, consigna recursos importantes destinados a las obras públicas, por ende, la aplicación del gasto público debe estar encaminada a la consecución de los propósitos señalados, con tal nitidez que permita resolver los requerimientos de la comunidad.
La regulación de las inversiones para la obra pública y los medios a través de los cuales se materializa, son de importancia y trascendencia por el impacto que representan para el estado y municipios. No menos preponderante es su planeación, programación y presupuestación, dado que son tareas que resultan vitales por su trascendencia social.
La vigilancia y autorización del ejercicio del gasto público, no obstante que de una manera general ya se encuentra plasmada en las leyes respectivas; requieren sin embargo en lo que hace a las acciones de obras públicas, un marco jurídico adecuado, basado en los principios y políticas de atención a la prestación de los servicios públicos para cumplir con los lineamientos establecidos en la fracción iv del artículo 31 de la constitución federal.
En razón de lo anterior, se propone ahora a esa h. soberanía un ordenamiento legal que coadyuve a la optimización de la calidad de las obras públicas a la prioridad de su realización; al rendimiento de las inversiones y a su oportuna ejecución. En suma, a las estrategias, métodos y técnicas para que las obras públicas cumplan con las finalidades para las que sean proyectadas.
Se contempla un esquema normativo que permitirá establecer una congruencia y uniformidad en las diversas fases relativas a la planeación, programación, presupuestación, ejecución, conservación, mantenimiento, demolición, control, vigilancia y supervisión de las obras públicas, sin que ello implique, limitación a las funciones y atribuciones de las dependencias, entidades y ayuntamientos que deben sujetarse a las disposiciones de la ley.
Se busca establecer la política y mecanismos de corresponsabilidad en el ejercicio del gasto público destinado a la inversión en obras públicas.
Se consigna un sistema de regulación de la obra pública, de tal manera que se simplifique el procedimiento administrativo, con la finalidad de imprimir agilidad y flexibilidad a estas acciones.
Como un elemento de vigorización en las tareas de planeación, coordinación y evaluación del ejercicio del gasto y realización de obras públicas, se da amplio margen a la actividad en este aspecto, a las dependencias coordinadoras de sector.
La ley está estructurada en ocho capítulos relativos a: disposiciones generales; de la planeación; programación y presupuestación de las obras del padrón de contratistas; de los servicios relacionados con la obra pública; de la ejecución de obras; de la información, verificación y control de las obras; de las infracciones y sanciones; y por último, de los recursos administrativos.